Santo Domingo, 1 junio 2004 [AlterPresse] --- La Mesa Nacional para las Migraciones Haitianas a la República Dominicana consideró hoy que el proyecto de ley de migración que reposa en el Congreso Nacional viola todos los derechos humanos de los haitianos que residen en territorio dominicano y llamaron la atención de los congresistas para que no conviertan en ley la pieza.
Expresan las entidades dominicanas y haitianas que trabajan con migrantes, derechos humanos y refogiados que el Proyecto de Ley General de Migración que cursa en el Senado de la República difiere ampliamente del Proyecto que fuera sometido por el Presidente de la República, vía la Cancillería, en el tiempo que estaba bajo el ministerio del Dr. Hugo Tolentino Dipp.
"El actual proyecto vulnera los derechos humanos de los haitianos que residen en territorio dominicano al tiempo que defiende las contrataciones de mano de obra haitiana para la industria azucarera. En una palabra, el Proyecto da cuenta de la necesidad de esa mano de obra, negándole cada vez más sus derechos laborales, vieja fórmula discriminatoria para reducir el costo de la misma ".
En documento que la Mesa Nacional para las Migraciones Haitianas hizo llegar a la redacción de Alterpresse en Santo Domingo se precisa así las principales debilidades :
1. No obstante considerar que el Estado concede "alta prioridad a los problemas migratorios, en reconocimiento de la Constitución, las leyes y acuerdos internacionales", el Proyecto contradice la propia Constitución en muchos ámbitos e incluso hasta la interpreta cuando señala que "los No Residentes son considerados personas en Tránsito, para los fines de la aplicación del Artículo 11 de la Constitución de la República". (Art.37, párrafo 9).
Como se sabe, la Constitución dominicana (2001), no establece diferencias entre nacionales y extranjeros, salvo para los derechos llamados de "ciudadanía". El Art.11 otorga la nacionalidad dominicana a "todas las personas que nacieren en el territorio de la República", lo que incluye a hijos de nacionales y extranjeros que no sean diplomáticos o no anden de tránsito o de paso.
Esta situación ha sido reconocida por la sentencia de la Corte de Apelación de Santo Domingo, de fecha 16 de octubre de 2003, que ratificó el fallo pronunciado en amparo por el juez Samuel Arias Arzeno, ordenando a la Junta Central Electoral la entrega inmediata de actas de nacimiento a los menores Estefani y Rubén Jean Bazil. La Corte justificó su fallo al considerar "que en este caso queda caracterizado en el vínculo de los menores con el Estado dominicano, a través de su permanencia y desarrollo, así como su educación".
2. Al tenor del texto del proyecto, la Dirección General de Migración, dependiente de la Secretaría de Interior y Policía, sale reforzada en sus funciones represivas pues podrá incluso "inspeccionar los lugares de trabajo y alojamiento de extranjeros" (Art. 6, párrafo 14).
3. El Proyecto prohíbe la entrada al territorio nacional de personas con ineptitudes físicas (Art.53), enfermedades infecto-contagiosas, enfermedades mentales y con limitaciones crónicas en lo físico y en lo psíquico (Art.17). Parecería que a la luz del citado Art.8 de la Constitución, tales entes no son "personas humanas".
4. De acuerdo al Art.29 del Proyecto, "las extranjeras No Residentes que durante su estancia en el país den a luz un niño (a), deben conducirse al Consulado de su nacionalidad a los fines de registrar allí su hijo (a). Pero si "el padre de la criatura es dominicano, podrán registrar la misma ante la correspondiente oficialía del estado civil dominicana". De ahí que haya que asumir que si la madre es dominicana, poco importa. Racismo y machismo como dedos de una misma mano.
De igual modo, "todo centro de salud que al momento de ofrecer su asistencia de parto a una mujer extranjera que no cuente con la documentación que la acredite como residente legal, expedirá una Constancia de Nacimiento de color rosado diferente a la Constancia de Nacimiento Oficial".
5. El tratamiento excluyente dado por el Proyecto a los habitantes fronterizos, "que ingresan al país dentro de un perímetro de la frontera, debidamente autorizados a realizar actividades lícitas y productivas, regresando diariamente a su lugar de residencia". Y, por supuesto, sin adquirir ningún tipo de derechosÂ…
6. Peor es el caso de los llamados "trabajadores temporeros", que ingresan para prestar servicios laborales por un tiempo determinado y bajo contrato. A estos fines, "los Contratos Estacionales de la industria azucarera se reputarán contratos de trabajo por Tiempo Determinado". (Art.36, párrafo 5). En todo caso, "estos trabajadores no podrán laborar en actividades de zonas francas o empresas turísticas, salvo en las zonas fronterizas", y si existen convenios al respecto. Esto constituye una discriminación expresa hacia un grupo nacional determinado.
7. El Proyecto adolece de una concepción esclavista de la inmigración haitiana en el país, puesto que al inmigrante se le exige un carné al trabajador temporero, que "habilitará a su titular para desempeñar la actividad remunerada que originó su admisión, por el plazo y en la zona asignada". El que realice actividades laborales distintas o en distintas zonas a la autorizada, o transgreda el plazo de permanencia autorizado (1 día), será considerado como un extranjero ilegal, sujeto a deportación. (Art.56).
8. Más adelante, el Art.58 del Proyecto vulnera derechos humanos tan fundamentales como los derechos laborales y el derecho a la salud. Según ésta disposición, al octavo día de haber sido contratados, los trabajadores temporeros serán repatriados por quien los contrató o antes de dicho plazo "en caso de que los trabajadores se hubieran incapacitado para el trabajo y hayan sido dados de alta por la autoridad sanitaria interviniente". Para poder optar por la residencia dominicana, esos trabajadores deberán "salir hacia su país de origen" (Art.62).
Finalmente, la Mesa Nacional para las Migraciones Haitianas a la República Dominicana, que agrupa al Movimiento de Mujeres Dominico-Haitiana, el Servicio Jesuita de Refugiados, entre otras entidades sociales, culturales y de mujeres, reclamó del Congreso Nacional someter el proyecto de ley de Migración a vistas publicas a fin de la pieza sea debatida y consensuada entre todos los sectores de la sociedad dominicana.
"Como se observa, estamos frente a la llamada ideología de "etnización de la mano de obra haitiana". Según el profesor Rubén Silié, se trata de reconocer que dicha población sólo es apta para ocupar los lugares más bajos de la estructura ocupacional con los lógicos beneficios para su explotación que ello determina".
Señala que en el documento a modo de conclusión que, "sugeriríamos que senadores y diputados del Congreso Nacional sometan este proyecto a vistas públicas y conozcan la opinión de los sectores (nacionales y extranjeros) que afecta el mismo antes de que aprueben un texto que dejaría muy en entredicho la vocación pluralista, democrática y diplomática del Poder Legislativo". 01/06/2004 11:26]